31 de marzo de 2008

¿Conoce usted, la realidad de las tarjetas de crédito?




Por: Fabrizzio García Payés.



Buscando información para un articulo me encontré con el siguiente comunicado de prensa de la ALIANZA NUEVA NACION, el cual me llamo la atención y por lo cual lo transcribo íntegramente, para que usted se de cuenta de la realidad de las tarjetas de Crédito:

Conferencia de Prensa de Alianza Nueva Nación
Iniciativa de ley que busca reformar al artículo 757 del Código de Comercio, Decreto Número 2-70 del Congreso de la República, que regula el uso de tarjetas de crédito

Pablo Monsanto
Secretario General y diputado al Congreso de la República.

500 mil personas se estima hacen uso de tarjetas de crédito en Guatemala; es decir, el diez por ciento de la población ocupada, la cual con base en la Encuesta Nacional de Empleo e Ingreso de 2004, asciende a 4.8 millones de personas.

El financiamiento a terceros por parte de entidades emisoras de tarjetas de crédito, bancos y grupos financieros, se encuentra regulado por el Código de Comercio, Decreto 2-70 del Congreso de la República, artículo 757, reformado por el Decreto 33-2003 del Congreso de la República.

La norma jurídica en referencia ha logrado, después de la reforma referida en el párrafo anterior, regular los intereses cuando el tarjeta-habiente hace uso del financiamiento, aplicando la tasa de interés anual promedio ponderada de las operaciones activas que cobra el Sistema Bancario Nacional, la cual se incrementa hasta un máximo de cinco puntos porcentuales.

A pesar de la exposición anterior, existe el criterio generalizado entre los miles de usuarios del financiamiento referido, que las entidades emisoras de tarjetas de crédito, bancos y grupos financieros, empleando diversos mecanismos: intereses por mora, manejo de cuenta, gastos administrativos y otros, han elevado el promedio de cobro por financiamiento en tasas que superan el 60 por ciento anual.

El Código Penal de la República de Guatemala en su Artículo 276 establece que: “comete el delito de usura quien exige de su deudor, en cualquier forma, un interés mayor que el tipo máximo que fije la ley o evidentemente desproporcionado con la prestación, aun cuando los réditos se encubran o disimulen bajo otras denominaciones. El responsable de usura será sancionado con prisión de seis meses a dos años y multa de doscientos a dos mil quetzales”.

De suma preocupación resulta entonces, que el Estado de Guatemala demuestre incapacidad para garantizar la protección social, económica y jurídica de la familia, frente a las prácticas de usura que realizan las entidades emisoras de tarjetas de crédito, bancos y grupos financieros, tal como lo tipifica el Código Penal.

Tomando en consideración la exposición de los párrafos anteriores, Alianza Nueva Nación, a través de su diputado Pablo Monsanto, presentó la Iniciativa de ley que busca reformar el artículo 757 del Código de Comercio, para que las entidades emisoras de tarjetas de crédito, Bancos y Grupos Financieros, enmarquen la función de financiamiento dentro del marco legal que no les permita caer en prácticas de usura, de acuerdo a lo que establece el Código Penal.

Alianza Nueva Nación, para efectos de darle base legal a la Iniciativa, se sustenta en el hecho de que el régimen económico y social de la República de Guatemala se fundamenta en principios de justicia social, y de que es obligación del Estado orientar la economía nacional para lograr la equitativa distribución de la riqueza.

Así también, es obligación del Estado impedir el funcionamiento de prácticas excesivas que conduzcan a la concentración de bienes y medios de producción en detrimento de la colectividad, así como proteger la formación de capital, el ahorro y la inversión.

ANN considera que la reforma del Código de Comercio, que norma el Decreto 33-2003, no ha logrado frenar las prácticas de usura de las entidades emisoras, Bancos y Grupos

Financieros que prestan el servicio, y que se expresan en cobros excesivos a miles de usuarios de las tarjetas de crédito.

La reforma planteada por la Iniciativa de ley de ANN, busca que las entidades emisoras de las tarjetas de crédito, Bancos y Grupos Financieros, cobren al tarjeta-habiente o beneficiario de la tarjeta de crédito cuando haga uso del financiamiento tanto en moneda nacional como extranjera o su equivalente, solamente la tasa de interés anual promedio ponderado de las operaciones activas que cobra el Sistema Bancario Nacional y que publica periódicamente la Superintendencia de Bancos, la cual se aplicará sobre el monto financiado; la tasa podrá incrementarse hasta un máximo de cinco puntos porcentuales para cubrir los gastos administrativos o de cualquier naturaleza que origina el manejo del servicio de las tarjetas de crédito.

La Iniciativa plantea que las entidades emisoras de las tarjetas de crédito, Bancos y Grupos Financieros, por ningún motivo o circunstancia, podrán adicionar al cobro por concepto de intereses, ningún recargo adicional de la naturaleza que éste sea. Para el caso de la morosidad se aplicará la tasa de interés que señala el párrafo anterior. Las entidades emisoras de las tarjetas de crédito, Bancos y Grupos Financieros, en ningún caso podrán capitalizar los intereses y demás recargos.

La Iniciativa busca que la relación contractual entre la emisora de las tarjetas de crédito, Bancos y Grupos Financieros y el tarjeta-habiente, sea firmada por ambas partes, para que las cláusulas de la misma tengan vigencia legal, y que cualquier arreglo al margen de la misma, sea nulo ipso jure.

Guatemala, agosto de 2006

Como se puede ver, las tarjetas de crédito realizan cobros excesivos a sus usuarios, durante el gobierno del FRG, se había legislado para limitar los intereses de las tarjetas de crédito favoreciendo a los asfixiados usuarios, con el consabido grito en el cielo por parte de los usureros de las tarjetas de crédito, pero lamentablemente esto fue derogado por el corrupto gobierno de la GANA, el cual fue sobornado por las empresas emisoras, para no perder sus jugosas e ilegales ganancias, las cuales son mayores que las de los usureros, fue derogado aduciendo que limitaba la libre empresa y demás razones estúpidas para proteger a los usureros de las tarjetas de crédito.

Ante el nuevo gobierno socialdemócrata, se debe exigir que hagan algo con respecto a las tasas de intereses que cobran actualmente las tarjetas de crédito y demás cobros ilegales,

Señores diputados, hagan algo por el pueblo, protéjanlo de usureros que se llaman empresarios, legislen por el pueblo, no protejan y favorezcan a usureros y ladrones. Escribámosle a los diputados para que esto se realice, puede visitar el sitio de Internet del congreso para obtener la dirección de correo electrónico de los diputados y enviar su correo solicitando se legisle para limitar los intereses de las tarjetas de crédito.

La dirección del sitio de Internet del congreso es http://www.congreso.gob.gt/

Hagamos algo por Guatemala, mándales un correo.

1 Comentarios:

Anónimo dijo...

Opino que es excelente que se controle la usura, Promerica, Bac/credomatic, Citibank, son empresas que tienen muchos cobros escondidos, son ladrones con autorizacion y nadie vela por esas fugas de capital guatemalteco, Bac debiendole Q30 mil me obligo a realizar convenio de pago por Q 115,000.00 y amenazas via telefonica. Por favor hagan algo por los guatemaltecos. Gracias