26 de marzo de 2008

La renuncia del procurador general de la nación.





Por: Fabrizzio García Payés.
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En Guatemala las leyes y la constitución no son respetadas, en especial por las autoridades de gobierno que a la hora de querer colocar funcionarios afines a su gobierno parecen hacerse de la vista gorda y recurren a argumentos falaces y poco claros.

La constitución de la república define la figura del procurador, sus cualidades, requisitos, derechos, período para el cual fue nombrado y causal para la remoción del cargo. La constitución dice en su artículo 252 lo siguiente:

ARTÍCULO 252.- Procuraduría General de la Nación y Jefe del Ministerio Público. La Procuraduría General de la Nación tiene a su cargo la función de asesoría y consultoría de los órganos y entidades estatales. Su organización y funcionamiento se regirá por su ley orgánica.

El Procurador General de la Nación ejerce la representación del Estado y es el Jefe de la Procuraduría General de la Nación. Será nombrado por el Presidente de la República, quien podrá también removerlo mediante causa justa debidamente establecida. Para ser Procurador General de la Nación, se necesita ser abogado colegiado y tener las mismas calidades correspondientes a Magistrado de la Corte Suprema de Justicia.

El Procurador General de la Nación durará cuatro años en el ejercicio de sus funciones, tendrá las mismas preeminencias e inmunidades que los magistrados de la Corte Suprema de Justicia.

Por lo anteriormente expuesto, el presidente Álvaro Colom debió asesorarse antes de solicitar la renuncia del procurador General de la Nación Lic. Hugo Gordillo. El presidente Colom en declaraciones a la prensa argumentó conflicto de intereses y poca dinámica en la actuación de la Procuraduría para solicitarle la renuncia al Lic. Hugo Gordillo.

El presidente se refirió a la elección de magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE), en donde resultó electa magistrada titular Patricia Cervantes de Gordillo, esposa del funcionario, por lo cual según Colom, si ocurriera en el futuro algún problema en el TSE, en el cual se involucre a la magistrada Cervantes, podría ser parte de los "intereses” a los que se refirió el presidente en su declaración.

El otro argumento para solicitar la renuncia al Lic. Gordillo, fue que luego de la evaluación del equipo de gobierno, se ha concluido que "se necesita más dinamismo" en la institución, sin explicar a que se refería con “más dinamismo”.

Ante las declaraciones del presidente, el Lic. Gordillo manifestó su rechazó a cualquier presión del Ejecutivo para obligarlo a renunciar; aprovechó para pedir al Presidente que "cese en su ilegítima solicitud" de pedir su renuncia.
El funcionario se amparó en el artículo 252 de la constitución de la república, el cual se presentó al inicio de este artículo y establece que se le puede remover únicamente con "causa justificada debidamente establecida", por lo que el Lic. Gordillo sostuvo que no presentará su renuncia y se defenderá ante lo que calificó un golpe de Estado blanco del presidente.

El Lic. Mario Fuentes Destarac, presidente del Centro de Defensa de la Constitución, CEDECOM, sostuvo que la Constitución establece cuatro años de funciones al cargo de Procurador General de la Nación en los que no se puede dar por terminadas las funciones sin causa justificada, no obstante aclaró que no existe una ley orgánica de la Procuraduría.

Ante el dilema si los argumentos del Presidente son suficientes para separar al PGN, no existe ninguna disposición legal que así lo establezca.

Ante todo lo expuesto, sería bueno que el presidente Colom presente la causa debidamente establecida para justificar su petición de renuncia, de lo contrario estará actuando en contra de la ley y la constitución de la república.

De acuerdo con la ley se deberá comunicar oficialmente por escrito al Procurador General de la Nación, el cual tiene el derecho de defensa y de pronunciarse sobre el derecho de audiencia. Pero desgraciadamente es el presidente quien debe determinar el resultado del caso.

El presidente Colom siguiendo los pasos de Oscar Berger, parece inmutable ante esta nueva falta de respeto a lo escrito en la constitución, escudándose en falacias y poco claras, causas para solicitar la renuncia del Procurador. Esperemos que no sigamos en este camino a la anarquía, e irrespeto a la constitución y a las instituciones del estado.

1 Comentarios:

ÁCRATA dijo...

Se deben respetar los plazos para los que fueron electos, precisamente por eso cambia a mitad del periodo presidencial el procudador asi como otras dependencias, para que exista siempre un control y pesos y contrapesos. La verdad no se si el Lic. Gordillo a sido buen o mal procurador, pero el punto es que deben esperar a que termine su perìodo, y no sacarlo por simple carpicho.